Versión 4.4 de Facturación Electrónica en Costa Rica: principales cambios para el sector salud

Sector salud: lo que debes saber sobre Hacienda 4.4

La nueva versión 4.4 de facturación electrónica, impulsada por el Ministerio de Hacienda en Costa Rica, marca un antes y un después. En este artículo, exploraremos de manera clara, detallada y práctica los cambios más relevantes de la versión 4.4, su impacto directo en la operación de clínicas y consultorios, y cómo podemos adaptarnos a esta normativa sin complicaciones.

Contexto de la versión 4.4




La versión 4.4 de facturación electrónica está en vigencia oficial desde el 1 de septiembre de 2025. Esto significa que, todos los suscriptores de sistemas autorizados deberán operar con la nueva normativa.

En total, Hacienda ha planteado cerca de 50 cambios técnicos y funcionales; sin embargo, solo algunos impactan de forma significativa a los profesionales de la salud. A continuación, analizamos los más importantes.

Cambios clave de la versión 4.4 en el sector salud




1. Inclusión automática del proveedor en el XML

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de un nuevo campo en el XML, que registra automáticamente la cédula jurídica del proveedor de sistemas.

  • ¿Qué implica? El usuario no debe realizar ninguna acción extra; el sistema completa este campo de forma automática.
  • Beneficio: mayor trazabilidad y control por parte de Hacienda sobre qué software se utiliza para facturar.

2. Estandarización de nombres en XML y PDF
Todos los archivos generados (XML y PDF) ahora siguen una nomenclatura estandarizada.

  • El nombre inicia con “506” (código de Costa Rica), seguido por fecha, hora, sucursal y consecutivo.
  • Esto evita confusiones al descargar o almacenar documentos.

Nomenclatura

Recibo Electrónico de Pago

Se introduce un nuevo tipo de documento: Recibo Electrónico de Pago (REP).

  • Este comprobante aplica únicamente cuando se factura al Estado costarricense con plazos de pago de 90 días o menos.
  • Ventaja principal: el IVA ya no se paga en el mes de emisión de la factura, sino en el mes en que se recibe el pago.
  • Ejemplo: si se factura en enero y el pago se recibe en marzo, el IVA se liquida en marzo.

Antes de utilizar este nuevo tipo de comprobante debe:

  1. Consultar a su asesor tributario.
  2. En caso de que realices este tipo de facturas, debes solicitar a soporte@sikumed.com la activación.

Recibo electrónico de pago
















4. Inclusión de la actividad económica del receptor

Otro cambio crucial es la posibilidad de registrar la actividad económica del receptor de la factura.

  • Este campo es opcional, pero si el cliente desea deducir la factura como gasto, debe estar completo.
  • Formas de búsqueda dentro del sistema:
      • Digitar el nombre de la actividad (ej. “DISEÑADOR GRAFICO, DE SOFWARE Y PAGINAS WEB”).
      • Ingresar el código numérico (ej. “722003”).
      • Usar la búsqueda automática en el portal de Hacienda.

¿Qué pasa si un cliente tiene varias actividades económicas? Será necesario actualizar el dato cada vez que la factura se emita bajo una actividad distinta.

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5. Nuevo tipo de identificación: extranjero no domiciliado

A partir de la versión 4.4, se añade un tipo de identificación para proveedores extranjeros no domiciliados.

  • Ejemplo: Amazon, Google Ads, Microsoft 365 o Facebook Ads.
  • El objetivo es que estos gastos se registren y contabilicen adecuadamente en Costa Rica.
Nuevos medios de pago
Nuevos medio de pago

Dos nuevos métodos se incorporan oficialmente al sistema:

  • Sinpe Móvil
  • Plataforma digital (ej. PayPal u otros enlaces de pago bancarios)

Esto soluciona un vacío que existía, ya que anteriormente no se podían registrar pagos vía Sinpe Móvil y enlaces de pago, a pesar de ser ampliamente usados por pacientes.

Códigos de descuento obligatorios
Código de descuento obligatorios

Ahora, cada vez que se aplique un descuento, será obligatorio especificar el código del motivo.

Detalle en casos de exoneración
Detalle en casos de exoneración

Cuando un cliente esté exonerado de impuestos, ahora se debe especificar:

  • Número de artículo que ampara la exoneración.
  • Inciso que ampara la exoneración.
  • Porcentaje exacto de exoneración (1%, 4%, 13%, etc.).
  • Nombre de la institución beneficiaria.

Esto aplica especialmente para ventas a diplomáticos, zonas francas o leyes especiales.

Preguntas frecuentes (FAQ)

Consulte con su asesor tributario para determinar si tiene la posibilidad de prorrogar el pago de IVA o algún beneficio fiscal cuando factura a crédito, esto, asociado al nuevo tipo de medio de pago Recibo Electrónico de Pago.

Únicamente cuando el cliente desea usar la factura como gasto deducible. Una factura electrónica no será rechazada si no incluye este dato.

No, para los pacientes no hay cambio.

Se agregan Sinpe Móvil y plataformas digitales (ej. PayPal o links de pago bancarios).

Especificar el número de artículo, inciso, institución y porcentaje exacto de exoneración en la factura. Consulte con su asesor contable para el correcto uso de las exoneraciones.

En definitiva, esta actualización no solo busca control fiscal, sino también fomentar una gestión más ordenada, justa y adaptada a la realidad digital en Costa Rica.

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